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Transporte Escolar

bus tranporteTRANSPORTE ESCOLAR

El centro cuenta, actualmene, con ocho rutas diferentes que cubren las necesidades de los alumnos que vivan el cualquier municipio adscrito a nuestro centro.

4200032 - La Rasa

4200033 - Valdealbín- Ucero- Valdemaluque- Valdelubiel- Barcebalejo- Barcebal

4200034 - Osma (parada farmacia)- Osma (parada C/ Alharides)

4200035 - Valdenebro

4200036 - Rioseco de Soria- Ssantiuste- Valdenarros

4200037 - Vildé- Recuerda- Quintanas de Gormaz- La Olmeda

4200096 - Osma (parada albergue)- Osma (parada guardería)

4200135 - Alcubilla

NORMAS USUARIOS

 🎒 Normas de Comportamiento (Alumnado) 

  • Acceso y descenso: Subir y bajar del autobús siempre de forma ordenada y utilizando la puerta delantera, esperando que el vehículo esté totalmente detenido. Cruzar siempre por delante del autobús, dejando unos 3 metros de distancia.
  • Durante el trayecto: Permanecer sentados en el asiento con el cinturón abrochado durante todo el viaje. No está permitido levantarse, correr por el pasillo, asomar la cabeza por la ventana ni arrojar objetos.
  • Convivencia: El autobús es una extensión del centro escolar; por tanto, se deben respetar las instrucciones tanto del conductor como del acompañante en todo momento. 

NORMATIVA

La Orden EDU/926/2004, por la que se regula el servicio de transporte escolar en los centros públicos docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación (BOCyL de 21 de junio) establece que tendrán derecho al servicio de transporte escolar en cualquiera de sus modalidades:

  • Los alumnos de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y educación especial, escolarizados en un centro de titularidad de la Comunidad Autónoma, cuyo domicilio se encuentre en un municipio diferente del centro de escolarización que le corresponda.
  • Los alumnos escolarizados en un centro de educación especial ubicado en la misma localidad del domicilio familiar, cuando las necesidades derivadas de su discapacidad dificulten su desplazamiento al centro.

 Tendrán acompañante las rutas en las que se transporta a alumnos menores de doce años en vehículos de más de siete plazas o bien rutas con alumnos de educación especial.

 El transporte escolar en Castilla y León (CyL) se rige principalmente por la Orden EDU/926/2004 y el Real Decreto 443/2001, que establecen normativas específicas para beneficiarios, vehículos y seguridad: 

🚌 Normativas de los Vehículos (Seguridad)
  • Antigüedad máxima: Los autobuses no pueden superar los 16 años de antigüedad.
  • Señalización: Deben llevar la señal de emergencia de transporte escolar (tanto delante como detrás) y matrícula especial.
  • Acompañante: Es obligatorio que un adulto acompañante viaje en el autobús durante todo el trayecto para la atención y cuidado de los menores.
  • Tiempo de trayecto: El tiempo de desplazamiento en cada sentido no debe exceder de 1 hora.

🛡️ Modalidades del Servicio

El traslado se realiza a través de las siguientes vías:

  1. Rutas específicas de transporte escolar.
  2. Uso compartido de líneas regulares de viajeros de la Junta (Orden HAC/668/2014).
  3. Ayudas económicas al transporte para familias que no pueden hacer uso de las rutas contratadas.
Enlaces Institucionales
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